“O el asilo contra la opresión”. Con esta frase que se repite varias veces, subrayando su valor, culmina nuestro Himno Nacional. A lo largo de este 2021, Chile, nuestra “Dulce Patria” ha vivido la llegada de personas migrantes. Muchas de ellas, guiadas por la desesperación ante la falta de seguridad y recursos en sus países de origen, han recorrido a pie largas y riesgosas rutas por el desierto, muchas veces junto a sus hijas e hijos y adultos mayores. Seis han muerto sin lograr su objetivo.
Un ejemplo son las personas de nacionalidad Venezolana, pues recordemos que más de 5 millones han huido de Venezuela, en el éxodo masivo más grande de la región en los últimos tiempos, siendo comparado incluso con la diáspora provocada por la Guerra en Siria.
La realidad de las personas que llegan a Chile solicitando asilo no es fácil. Pese a que Chile posee desde 2010 una Ley de protección de refugiados que establece un procedimiento de reconocimiento de la condición de refugiado de una persona. Esta normativa además estipula que las personas necesitadas de protección internacional no pueden ser sancionadas por ingresar por un paso no habilitado ni por estar en situación de irregularidad migratoria.
A través de nuestra labor diaria como instituciones preocupadas de la movilidad humana y los derechos humanos de las personas que migran, adultas y niños y niñas, observamos cómo la Ley de Refugio parece ser letra muerta, pues no se informa a las personas migrantes adecuadamente de su existencia o se obstaculiza el procedimiento, solicitando trámites que no están en la normativa vigente -como ya lo detectó Contraloría el 2018-. Y quienes la conocen, y ejerciendo su derecho a buscar y recibir, asilo solicitan el reconocimiento de su condición de refugiado/a, se les deniega la posibilidad de ingresar al procedimiento, o bien se les rechaza el reconocimiento.
En relación al primer problema, es numerosa la jurisprudencia de nuestros tribunales superiores de justicia que ha dado cuenta de esta situación y que, velando por la protección de los derechos de las personas, ha exigido a las autoridades migratorias dar curso a las solicitudes de asilo. Al respecto, tenemos a la vista más de 70 causas en que ello es así.
En cuanto al segundo problema, las tristes cifras sobre asilo en Chile solo lo evidencia: entre los años 2010 y 2020, han existido 17.982 solicitudes de asilo, se han rechazado 4.224 y solo se han otorgado 681. Es decir, de cada 26,4 solicitudes de asilo en dicho período, sólo 1 se reconoció. Asimismo en el año 2020, ya en plena pandemia de Covid-19, solo se reconoció como refugiadas a 7 personas (cuatro de nacionalidad colombiana y tres de nacionalidad venezolana), en un año donde existieron 1.629 solicitudes, y se rechazaron 2.057 (cifra que incluye rechazos de solicitudes hechas en años anteriores).
En este contexto, mujeres, hombres, niños, niñas y recién nacidos, siguen huyendo de sus países y arribando a “la copia feliz del Edén”. Niños, niñas y adolescentes han sido de los y las más vulnerados (as) en este tránsito, en un país que además no considera su protección especial, su interés superior, ni el cumplimiento de sus derechos básicos en salud o identidad, para brindar las condiciones mínimas para su desarrollo.
Las autoridades no les han brindado la protección que buscan, y nuestro Gobierno, aquel del país que “promete futuro esplendor”, echa mano -una y otra vez- a expulsiones ilegales y colectivas de personas migrantes, criminalizando la migración y vulnerando sus derechos humanos.
Ad portas del Día del Refugiado que se conmemora este domingo 20 de junio, queremos enfatizar que estas personas son parte de los casi 80 millones de seres humanos que en todo el mundo se han visto obligadas a huir de sus hogares, dejando sus pertenencias, familias y amigos, a causa de la guerra, la violencia y la persecución. De ellos, solo 26 millones han logrado acceder al estatuto de refugiados, según datos del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).
Las instituciones abajo firmantes buscamos con afán que quienes lleguen a Chile sean acogidas y acogidos con humanidad, teniendo, además, especial consideración con la pandemia que aún nos azota. Esperamos que se respete el derecho humano a buscar y recibir asilo y se cumpla, como como corresponde, con lo estipulado en la Ley 20.430 sobre protección de refugiados, otorgando amparo a las personas en necesidad de protección internacional, y que así hagamos realmente gala en nuestro himno al dar asilo antes de ejercer la opresión.
FIRMAN
Servicio Jesuita a Migrantes.
Clínica Jurídica de Migrantes y Refugiados, Universidad Diego Portales.
World Vision Internacional Chile.
Asociación Venezolana en Chile.
Rizoma Intercultural.