PREGUNTAS FRECUENTES

Respondemos tus dudas sobre visasrefugio o derechos

La solicitud de refugio es para personas que son perseguidas por su opinión política, su raza, religión, nacionalidad o pertenencia a un grupo social particularmente discriminado; y que temen por su vida, seguridad o libertad en sus países de origen, así como aquellos que huyen por violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos, violación masiva de derechos humanos o perturbaciones graves al orden público, necesitando protección internacional.

Al ser reconocidas en esta calidad, las personas se encuentran protegidas por el principio de no devolución, por tanto no pueden ser devueltas al país del cual piden refugio, cuando su vida se encuentra en peligro.

Esta herramienta de protección internacional es un trámite personal que debe realizarse en un plazo de siete días hábiles desde el ingreso a Chile.

La solicitud se realiza presencialmente ante el Departamento de Refugio en Santiago, o en las Direcciones Regionales del Servicio Nacional de Migraciones.

Lo mejor es que consulte con abogados/as habilitadas para ejercer la profesión que puedan orientarle sobre sus opciones (en el Servicio Jesuita a Migrantes entregamos orientación de manera gratuita)

En caso de que producto de su irregularidad se le notifique de un proceso sancionatorio de expulsión, es muy importante que busque representación jurídica con urgencia, ya que desde el momento de la notificación comienzan a correr plazos fundamentales.

Para una eventual defensa, debe traer la resolución que le hayan notificado (inicio de proceso sancionatorio de expulsión  u orden de expulsión)

Los papeles que debe traer son: documento de identidad; tarjeta de identificación de extranjero infractor (la entregan autodenunciandose en PDI); antecedentes penales apostillados (no debe tener antecedentes penales para ser atendida/o por el SJM); orden de expulsión; documentos que respalden circunstancias familiares (inscripción de niños al colegio, inscripción de migrantes a Cesfam; papeles o certificados que acrediten enfermedad, etc.); documentos que acrediten vínculo laboral (si es que los hay), o cualquier documento que respalde su arraigo y su situación en Chile.

La nueva Ley de Migración y Extranjería establece un catálogo de derechos sociales para las personas migrantes que vivan en Chile. Para derechos como el acceso a la salud, derechos laborales y el acceso a seguridad social,  la normativa señala que son ejercidos en igualdad de condiciones a los nacionales, independientemente de su condición migratoria, sin perjuicio de los requisitos que la misma establezca para casos determinados.

Sobre el derecho al acceso a la educación, este se encuentra garantizado para todo niño, niña o adolescente, desde la educación inicial y básica hasta la enseñanza media, independiente de la condición migratoria de sus padres o cuidadores.

Si tales derechos son negados  o limitados, la persona afectada puede realizar acciones judiciales o administrativamente para buscar su restablecimiento.

Debes acercarte al CESFAM más cercano al lugar en el cual resides.

Ahí, deberás solicitar hablar con un/a trabajador/a social o con el calificador de derechos, para solicitar la inscripción del niño o la niña en el centro de salud.

Para ello, es necesario que presentes:

  • Documento de identidad del niño o niña: Pasaporte o cédula de identidad. En caso que no tengan, puedes presentar la partida de nacimiento.
  • Documento que acredite residencia: Certificado de residencia o boleto de recibo de agua o luz.

Solicitud de RUT Provisorio FONASA Tramo A.

Una vez inscrito o inscrita en el Centro de Salud, debes solicitar el RUT provisorio de FONASA.

Lo que resulta de este trámite es un Número de Identificación Provisorio (NIP), el cual le otorga acceso a todas las prestaciones de atención primaria de salud del sector público.

Este NIP tiene una vigencia de 1 año y puede renovarse si la situación irregular se mantiene.

¡IMPORTANTE! Este RUT Provisorio o NIP, solo es válido para la atención de salud, NO sirve para otros trámites.

En Chile existen cuatro niveles educativos, de los cuales tres de ellos se encuentran garantizados sin importar la situación migratoria. Estos son: Educación Parvularia, Educación General Básica y Educación Media.

Para acceder debes:

Solicitar el Identificador Provisorio Escolar (IPE)

En caso de no tener RUT chileno, él o la adulta responsable de él o la niña y/o adolescente, deberá solicitar el IPE e IPA (Identificador Provisorio Escolar y del Apoderado).

Este trámite se puede hacer directamente en una Oficina Ayuda MINEDUC o a través de Internet.

Para ellos solo se requiere documento de identidad (pasaporte o cédula de identidad) del niño, niña o adolescente y del apoderado o apoderada.

¿Cómo hacer el trámite por Internet?

  • Ingresa a tu navegador Web
  • En la barra de búsqueda, escribe "Solicitud de Identificadores Provisorios para Familias Extranjeras"
  • Haz clic en el primer link que aparece.
  • Aquí, deberás completar el formulario con los datos del niño, niña o adolescente, y del adulto responsable, y listo.

Búsqueda de establecimiento educacional
Obtenido el IPE, deberás acercarte a algún establecimiento educativo de tu preferencia que cuente con cupo o matrícula disponible para realizar la inscripción del niño, niña o adolescente.

O puedes revisar la disponibilidad en: www.sistemadeadmisionescolar.cl

LINKS DE INTERES

Servicio Nacional de Migraciones
https://serviciomigraciones.cl/

Ministerio del Interior y Seguridad Pública
https://www.interior.gob.cl

Agencia de la ONU para Refugiados
https://www.acnur.org

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