30 de Noviembre, 2021

SJM aborda importancia de la nacionalidad, ciudadanía y refugio para migrantes ante Convención Constitucional

Carlos Figueroa y Waleska Ureta ante la Comisión de Principios Constitucionales, democracia, nacionalidad y ciudadanía,

Con la representación de la Directora Nacional, Waleska Ureta y el Director de Incidencia y Estudios, Carlos Figueroa, el Servicio Jesuita a Migrantes (SJM) volvió a marcar presencia este martes en la Convención Constitucional, mandatada para redactar una nueva Carta Magna para Chile. 

La intervención, realizada en la Comisión Principios Constitucionales, democracia, nacionalidad y ciudadanía, se basó en un conjunto de proyectos de participación impulsados por SJM como Todxs Participamos, un cabildo interno, la reflexión de las áreas de Incidencia Pública y Jurídica, junto a la colaboración de expertos.

En el ámbito de nacionalidad, Ureta apuntó que “en SJM buscamos la eliminación del concepto de “hijo de extranjero transeúnte”, presente en la actual constitución, como un elemento excluyente del reconocimiento de la nacionalidad. Según la Directora del SJM, este concepto ha dado lugar a situaciones abusivas que afectan hoy a más de 2000 niños y niñas que no poseen nacionalidad chilena, pese a haber nacido en Chile. 

De cara a la participación política de los extranjeros avecindados en Chile, desde el SJM, Ureta comentó que “Chile es uno de los pocos países a nivel global que otorga el derecho a voto en elecciones nacionales a las personas migrantes no nacionalizadas que lleven 5 años avecindados en el país, lo que es una buena noticia. La nueva Constitución debe partir de un piso mínimo que consagre dichos derechos, cuando exista un ánimo de permanencia”.

Respecto de la No discriminación, la directora nacional de SJM, sostuvo que “En la Constitución de 1980 está consagrado que las personas extranjeras gozan de los mismos derechos que los nacionales, incluso aquellas que están en situación migratoria irregular, lo que, por cierto, en nada afecta su condición de personas y sus derechos inherentes”. En este sentido Waleska Ureta, subrayó que debe “prohibir cualquiera discriminación (directa), por razones, de sexo, género, raza, etnia, origen económico, orientación sexual, u origen social, que se conocen como “categorías sospechosas de discriminación”.

SJM igualmente apuntó como un derecho fundamental el acceso a buscar y recibir asilo, entendido como la protección estatal que se dispensa a una persona cuando el estado que corresponde a su nacionalidad o residencia le niega esa misma protección. 

Para Waleska Ureta, “en ningún caso una persona solicitante de asilo o refugiada debiera ser regresada por la fuerza al territorio de su país de nacionalidad o residencia habitual, en caso de ser apátrida, o a cualquier otro lugar donde su vida, libertad o seguridad peligren, a causa de persecución individual o por la existencia de violencia generalizada, desastres humanitarios, violaciones masivas de derechos humanos o a causa de su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opinión política.  Esta prohibición comprende cualquier medida de rechazo en frontera, deportación, expulsión, extradición, y devolución, sea directa o indirecta”.

“A nuestro juicio, la gran ventaja de una constitución que no haga distinciones es que todos caben dentro de ella, es decir, cuando hablamos de personas sujetas de derechos es que independientemente de tu raza o nacionalidad, se garantizan derechos, por lo que el estado debe velar. por lo mismo. Todas las propuestas que hacemos se basan en ello y nos hacen distinciones de nacionalidad, raza u otras”, sintetizó Carlos Figueroa, Director de Incidencia y estudios de SJM, en el espacio en que se recibieron múltiples preguntas de parte de los convencionales. 

Para conocer más del punto de vista y propuestas de SJM, descarga la presentación ante la Comisión Principios Constitucionales, democracia, nacionalidad y ciudadanía:

Además puedes revisar en este link el video de la sesión de este 30 de noviembre de la Comisión Principios Constitucionales, democracia, nacionalidad y ciudadanía. (La ponencia de SJM parte en minuto 1:07:10)

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